Intermediarios

La Previsora S.A. Compañía de Seguros comprometida con sus intermediarios de Seguros, considerados el principal canal de distribución de nuestros productos, les da la bienvenida a este portal web de Intermediarios en donde tienen disponibles las herramientas necesarias para su gestión comercial y fortalecer el servicio hacia el consumidor financiero.

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¿Quien es un Intermediario de Seguros de Previsora?

Es la persona natural o jurídica encargada de ofrecer, promover, asesorar y manejar los seguros de las personas naturales o jurídicas que tengan necesidad de protección, en representación de Previsora Seguros.

Clases de Intermediarios de Seguros

Sociedades corredoras de seguros: De acuerdo con el artículo 1347 del Código de Comercio, son corredores de seguros las empresas constituidas o que se constituyan como sociedades anónimas, cuyo objeto social sea exclusivamente ofrecer seguros, promover su celebración y obtener su renovación a título de s entre el asegurado y el asegurador.

Agencias colocadoras de seguros: personas jurídicas que operan bajo la forma societaria de Sociedades de Responsabilidad Limitada, Sociedades en Comandita Simple o Sociedades Colectivas. Su labor es promover la celebración de contratos de seguros, renovación de los mismos, representando a una o varias Compañías de Seguros en un determinado territorio y no podrán ejercer su actividad sin contar con la previa autorización de las compañías de seguros o sociedades de capitalización.

Agentes independientes: Son aquellas personas naturales que por sus propios medios se dedican a la promoción de pólizas de seguros y de títulos de capitalización, sin dependencia de la compañía de seguros o de la sociedad de capitalización en virtud de un contrato mercantil.

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Vinculación en línea

SARLAFT
Mantén Activa tu vinculación
Es importante que cada año y cuando presente alguna novedad, cada Intermediario registre en el presente portal web la actualización de contactos y/o documental: Sarlaft, certificado capacidad técnica-idoneidad, documentos tributarios (Cámara de Comercio, RUT, Certificación Reteica, Certificación no modificación RUT), documentos por cambio de presentante legal principal y/o suplente.  Lo anterior con el fin de mantener activo el código de intermediación, la información actualizada, cumplimiento de la circular 050 de 2015 de la Superintendencia Financiera de Colombia y parametrización de los impuestos acorde con su categorización tributaria (así prevenir sanciones y/o penalidades con La DIAN y La Secretaría de Hacienda Distritales y Municipales).

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Guía de servicios

Este documento es un instrumento que contiene los lineamientos básicos que le permitirá al intermediario apalancar su gestión al interior de Previsora.

Definición de que es un Guía de servicios

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Marco Legal

    • Estatuto orgánico del sistema financiero
    • Código de Comercio
    • Circular 050 de 2015 SFC
    • Código de Ética y Conducta
    • Política de Seguridad de la Información
    • Circular externa 029 de 2014 SFC

    • Plan de Rendición de Cuentas
    • Instructivo de Rendición de Cuentas
    • Circular parámetros para la elaboración de informe de gestión y rendición de cuentas.

Herramienta de evalucacion.
Resultados.

Canales de autogestión

Noticias

Atrás #Construyamosfuturo

#Construyamosfuturo

Participantes: Agencias, Agentes independientes y Corredores de Seguros (Excepto Aon , Delima ) con clave activa durante la ejecución del plan de reconocimientos.

 

CONDICIONES:

1. Los intermediarios que acumulen los mayores puntos según el grupo de rango de ventas al finalizar el periodo de medición serán ganadores de este plan Cupos limitados por grupo de ventas.


2. En caso de empate, el desempate se realizará analizando la mayor producción y en segunda instancia, el menor porcentaje de siniestralidad.


3. El intermediario favorecido tendrá cinco 5 días hábiles a partir de la fecha en que se le informe que ha sido merecedor de este incentivo, para confirmar su asistencia al programa de formación, enviar los datos del viajero y la documentación solicitada Dicha confirmación puede ser por documento físico o mediante correo electrónico dirigido a la Gerencia de Desarrollo Comercial y Gerente de la Sucursal.

 

4. La compañía asumirá el valor de los gastos por desplazamiento, alojamiento, alimentación y capacitación de los planes de formación Estos gastos se asumirán únicamente desde y hasta la ciudad en la cual se encuentra radicada la clave ( del intermediario favorecido y/o ciudad de ubicación de la dirección comercial registrada en el certificado de Cámara de Comercio).


5. Si el plan es otorgado a un agente independiente, el incentivo será a título personal y no podrá cederse a un tercero Participantes: Agencias, Agentes independientes y Corredores de Seguros (Excepto Aon , Delima) con clave activa durante la ejecución del plan de reconocimientos.



6. Para las agencias, este plan podrá ser utilizado por el representante legal o alguno de los socios registrados en el certificado de Cámara y Comercio, o por un funcionario de la agencia que el gerente designe, para lo cual debe anexarse certificación laboral y planilla de los aportes a seguridad social No aplica contratos por prestación de servicios.

 

7. Previsora se reserva el derecho a cambiar o modificar los destinos del plan de formación internacional cuando las circunstancias lo ameriten.


8. Todos los intermediarios tendrán la opción de adquirir un cupo con sus propios recursos, el cual deberá ser tramitado directamente con la agencia asignada para este fin Se aclara que será responsabilidad de cada intermediario todo acto y/o conducta durante la realización del plan Previsora no se hace responsable por los cupos adquiridos por el intermediario.


9. Previsora se exime de toda responsabilidad si el viajero favorecido del cupo viaja por fuera del grupo asistente al plan.

10. Cada viajero es responsable de cumplir las normas migratorias y socioculturales de cada país.


11. Los gastos y trámites de pasaporte y visa serán asumidos por cuenta del intermediario ganador.


12. En ningún caso, este reconocimiento podrá ser sustituido por dinero ni por destinos diferentes a los contemplados en este plan.


13. En caso de modificar o cancelar la reservación después de efectuada la confirmación, el intermediario deberá asumir el valor de las penalidades que cobren las aerolíneas o reservas hoteleras por este concepto.


14. Los intermediarios no se podrán presentar en el momento del viaje con personas adicionales que no se hayan contemplado con anterioridad.

 

15. El intermediario, cuya clave de intermediación se encuentre cancelada a la fecha del viaje, no tendrá derecho a este incentivo.

 

Más información descárgala aquí.

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