Intermediarios

La Previsora S.A. Compañía de Seguros comprometida con sus intermediarios de Seguros, considerados el principal canal de distribución de nuestros productos, les da la bienvenida a este portal web de Intermediarios en donde tienen disponibles las herramientas necesarias para su gestión comercial y fortalecer el servicio hacia el consumidor financiero.

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¿Quien es un Intermediario de Seguros de Previsora?

Es la persona natural o jurídica encargada de ofrecer, promover, asesorar y manejar los seguros de las personas naturales o jurídicas que tengan necesidad de protección, en representación de Previsora Seguros.

Clases de Intermediarios de Seguros

Sociedades corredoras de seguros: De acuerdo con el artículo 1347 del Código de Comercio, son corredores de seguros las empresas constituidas o que se constituyan como sociedades anónimas, cuyo objeto social sea exclusivamente ofrecer seguros, promover su celebración y obtener su renovación a título de s entre el asegurado y el asegurador.

Agencias colocadoras de seguros: personas jurídicas que operan bajo la forma societaria de Sociedades de Responsabilidad Limitada, Sociedades en Comandita Simple o Sociedades Colectivas. Su labor es promover la celebración de contratos de seguros, renovación de los mismos, representando a una o varias Compañías de Seguros en un determinado territorio y no podrán ejercer su actividad sin contar con la previa autorización de las compañías de seguros o sociedades de capitalización.

Agentes independientes: Son aquellas personas naturales que por sus propios medios se dedican a la promoción de pólizas de seguros y de títulos de capitalización, sin dependencia de la compañía de seguros o de la sociedad de capitalización en virtud de un contrato mercantil.

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Vinculación en línea

SARLAFT
Mantén Activa tu vinculación
Es importante que cada año y cuando presente alguna novedad, cada Intermediario registre en el presente portal web la actualización de contactos y/o documental: Sarlaft, certificado capacidad técnica-idoneidad, documentos tributarios (Cámara de Comercio, RUT, Certificación Reteica, Certificación no modificación RUT), documentos por cambio de presentante legal principal y/o suplente.  Lo anterior con el fin de mantener activo el código de intermediación, la información actualizada, cumplimiento de la circular 050 de 2015 de la Superintendencia Financiera de Colombia y parametrización de los impuestos acorde con su categorización tributaria (así prevenir sanciones y/o penalidades con La DIAN y La Secretaría de Hacienda Distritales y Municipales).

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Guía de servicios

Este documento es un instrumento que contiene los lineamientos básicos que le permitirá al intermediario apalancar su gestión al interior de Previsora.

Definición de que es un Guía de servicios

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Marco Legal

    • Estatuto orgánico del sistema financiero
    • Código de Comercio
    • Circular 050 de 2015 SFC
    • Código de Ética y Conducta
    • Política de Seguridad de la Información
    • Circular externa 029 de 2014 SFC

    • Plan de Rendición de Cuentas
    • Instructivo de Rendición de Cuentas
    • Circular parámetros para la elaboración de informe de gestión y rendición de cuentas.

Herramienta de evalucacion.
Resultados.

Canales de autogestión

Noticias

Back Iniciamos la campaña de actualización anual de documentos tributarios.

Iniciamos la campaña de actualización anual de documentos tributarios.

ACTUALIZACIÓN ANUAL DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS

Fecha límite: Mayo 31

Apreciado Intermediario, le invitamos a actualizar los siguientes documentos que permitirán parametrizar adecuadamente los impuestos acordes a su categorización tributaria, para así prevenir sanciones y/o penalidades con la DIAN y secretaria de Hacienda Distritales y Municipales. 

  1. Rut actualizado: Debe indicar en el numeral 61 fecha del año actual, si no tiene actualizaciones, remitir la certificación de no modificación del RUT cuya validez es de un año.
  2. Cámara de Comercio: No mayor a 30 días de vigencia con último año de renovación del año actual.
  3. Certificación ReteICA: Formato Previsora adjunto con fecha de firma del año actual.
  4. Certificación no modificación RUT: Formato Previsora adjunto con fecha de firma del año actual.
  5. Para las agencias, copia de la cédula de ciudadanía del Representante legal y suplente si han cambiado en el último año.

A continuación, resaltamos la importancia de:

  1. Registro Único Tributario (RUT)
  • Constituye el mecanismo para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades de acuerdo con su actividad económica y obligaciones en materia tributaria y contable ante La DIAN.
  • Es necesario contar con el documento actualizado por las siguientes razones:
  • Aplicación correcta de los tributos a nivel nacional (Impuesto sobre las Ventas, Retención en la Fuente a Título de Renta y Ventas) a las comisiones derivadas de su actividad de intermediación.
  • Evitar posibles cuestionamientos ante la autoridad tributaria si no se está cumpliendo con las responsabilidades pactadas en la sección “Responsabilidades, Calidades y Atributos” indicadas en la hoja principal del RUT.

Evitar la sanción establecida en el numeral 3 del Artículo 658 – 3 del Estatuto Tributario Nacional:

“Sanción por no actualizar la información dentro del mes siguiente al hecho que genera la actualización, por parte de las personas o entidades inscritas en el RUT.

Se impondrá una multa equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso en la actualización de la información. Cuando la desactualización del RUT se refiera a la dirección o a la actividad económica del obligado, la sanción será de dos (2) UVT por cada día de retraso en la actualización de la información” (Negrilla fuera del texto).

  1. Certificación de Actividad de Intermediación

(Retención en la fuente a título de Industria y Comercio)

  • Previsora practicará la Retención en la Fuente a Título de Industria y Comercio y elaborará los reportes de información exógena con base en dicho certificado.
  • El certificado deberá indicar la ubicación de la oficina principal de su Actividad de Intermediación de Seguros, el cual coincidirá con lo discriminado en el Certificado de Existencia y Representación Legal y el Registro único Tributario (RUT).

Lo anteriormente expuesto tiene como finalidad, conocer el municipio – jurisdicción donde el intermediario ejecuta su actividad económica para retener este tributo, evitando incumplir nuestra obligación de retener acorde a lo establecido en la normatividad municipal.

Recuerde que debe remitir estos documentos de forma anual y cuando realice algún cambio en su categorización tributaria en materia de impuestos Nacionales y Municipales.

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